Fuente: Gestión
El OEFA ordena a Southern el retiro de la infraestructura y materiales instalados para el transbordo de concentrado de cobre, así como realizar la limpieza y remediación del área afectada.
El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) ordenó como medida administrativa contra Southern Perú Copper Corporation la paralizar de manera inmediata las actividades de transbordo y transporte de concentrado de cobre a través de camiones hacia la Fundición de Ilo.
La medida dictada por el OEFA también ordena a Southern el retiro de la infraestructura y materiales instalados para el transbordo de concentrado de cobre en el área “Patio de Maniobras Máquina”, así como realizar la limpieza y remediación del área afectada.
Esto debido a que existe el riesgo que el material particulado alcance a la población cercana y porque el único medio de transporte de concentrado contemplado en el instrumento de gestión ambiental de la empresa es a través de la vía férrea.
En la supervisión realizada por el OEFA se pudo constatar que las actividades de transbordo y transporte de concentrado de cobre a través de camiones no tenían medidas de manejo ambiental evaluadas y aprobadas por el MEM.
Se verificó que en la zona, denominada “Patio de Maniobras Coquina”, no se cuenta con un sistema de control y mitigación de material particulado de concentrado de cobre, y tampoco con un sistema de contingencia ante derrames.
Asimismo, durante la supervisión se constató que el tránsito de los camiones que transportaban el concentrado de cobre por la vía de uso público, utilizada por la población de Ilo, provoca levantamiento de polvo, lo que puede generar malestar en la salud de las personas.
En caso de que la empresa no cumpla con las medidas impuestas, se efectuarán las acciones administrativas, civiles y penales correspondientes.
El OEFA señaló que continuará dictando medidas administrativas cuando se evidencien daños reales o potenciales que produzcan daños al ambiente o a la salud de las personas, y realizará el seguimiento del cumplimiento de dichas medidas por parte de las empresas supervisadas.